PUENTE NUEVO/A PONTENOVA (LUGO).- Un taxista pontenovés estrena un coche que funciona con gas.
BARCELONA.- Sants abrirá una salida a los taxistas hacia Països Catalans.
BARCELONA.- El taxi apoya la tarifa única para el Prat y el fín de los suplementos.
ALICANTE.- De tinglado a parada de taxis y bus.
CáDIZ.- Operativa de nuevo la parada de taxis de la Plaza De La Iglesia.
BARCELONA.- El taxi decidirá el 22 de Febrero la mejor manera de reducir la flota.
BARCELONA.- Barcelona plantéa eliminar suplementos del taxi y crear una tarifa fija al aeropuerto.
BARCELONA.- ciu quiere que los taxistas lleven un mismo coche eléctrico.
MIERES (ASTURIAS).- El Ayuntamiento de Mieres realiza una revisión a todos los taxis del concejo.
VIGO (PONTEVEDRA).- Las dos asociaciones de taxi de Vigo se reunirán...
Se procederá a revisar toda la documentación administrativa del titular de la licencia y, en su caso, de los conductores asalariados, así como la correspondiente al vehículo y su equipamiento.
La solicitud puede presentarse:
Presencialmente en:
- Subdirección General de la Oficina Municipal del Taxi.
* Los titulares de las licencias deben solicitar la revisión en la fecha establecida en las Instrucciones sobre la misma del año correspondiente.
Plazo: en la semana correspondiente a la fecha señalada en las Instrucciones.
La documentación a presentar para la revisión ordinaria anual de licencias es la siguiente:
1. Impreso de solicitud de la revisión (que puede descargarse pinchando el enlace adjunto).
2. Licencia municipal o, en su caso, documento sustitutivo provisional.
3. Justificante de abono de la tasa prevista en la Ordenanza Fiscal vigente (si se presentan varias licencias a revisión, se presentará un justificante de abono de la tasa por cada licencia).
4. Informe de vida laboral o duplicado de alta que acredite la cotización a la Seguridad Social del titular de la licencia durante los últimos doces meses, expedido por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
5. Informe de vida laboral de los conductores o vida laboral de empresa que acredite la cotización a la Seguridad Social de los conductores durante los últimos doce meses, expedido por el Ministerio de Trabajo e Inmigración. Si se trata de socios colaboradores, podrá presentarse informe de vida laboral o duplicado de alta.
6. Original y fotocopia para su cotejo, o bien, fotocopia compulsada de los boletines de control metrológico de los últimos doce meses.
7. Original y fotocopia para su cotejo, o bien, fotocopia compulsada de la tarjeta de inspección técnica de vehículos con la revisión correspondiente en vigor.
8. Original y fotocopia para su cotejo, o bien, fotocopia compulsada del permiso de conducir del titular de la licencia y, en su caso, de los conductores autorizados, acreditando estar en posesión del permiso de la clase BTP en vigor.
9. Original y fotocopia para su cotejo, o bien, fotocopia compulsada del/los justificante/s de pago de los últimos doce meses del seguro de responsabilidad civil por importe de 50 millones de euros previsto en el artículo 10 del Decreto de la C.A.M. 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo.
b) Tramitación anticipada de la revisión
ordinaria por transmisión de la licencia
En el supuesto de transmisión de la licencia de autotaxi, se podrá tramitar anticipadamente la revisión ordinaria anual mediante la presentación de la documentación señalados con los nº 1 y 3, y en las transmisiones sin cambio de vehículo además el documento nº 6.
c) Tramitación anticipada de la revisión
ordinaria por sustitución del vehículo
En el supuesto de sustitución del vehículo afecto a la licencia de autotaxi, se podrá tramitar anticipadamente la revisión ordinaria mediante la presentación de la documentación señalada con los nº 1, 3, 4, 5 y 8.
* Una vez superada la revisión se expedirá un
documento acreditativo del resultado de la misma, el cual deberá
llevarse a bordo del vehículo.
- Decreto 74/05 de 20 de julio, que aprueba el Reglamento de los servicios de transporte público urbano de automóviles de turismo.
- Ordenanza Reguladora del Servicio de Vehículos de Alquiler con Aparato Taxímetro. Acuerdo Pleno de 28 diciembre 1979. BAM Núm. 4332, de 7 febrero 1980.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con Licencias, Autorizaciones y otros Documentos Administrativos de Autotaxis. Redacción vigente para el año 2010 conforme al acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 23 de diciembre de 2009.